SELLADO DE ANTECEDENTES PENALES

Si usted ha solicitado un empleo o una licencia profesional pero ha sido rechazado, o ha sido despedido por razones desconocidas, pero tiene un arresto criminal, condena o libertad condicional en sus antecedentes (que no sean infracciones de tráfico menores), es muy posible que haya sido rechazado o dejado ir debido a una verificación de antecedentes que encontró sus antecedentes penales. Las leyes del Estado de Nevada permiten que después de que haya transcurrido suficiente tiempo sin ninguna otra actividad delictiva, usted tenga derecho a que se sellen sus antecedentes. Este proceso está permitido por los Estatutos Revisados de Nevada (NRS) Capítulo 179.

Tiempos de espera antes de la petición de precinto

El Estado ha establecido límites de tiempo basados en la gravedad de la actividad delictiva. No se puede sellar antes de que haya transcurrido el tiempo desde el momento en que haya cumplido todas las penas previstas por la ley para el arresto o la condena, y se mide desde el momento de la liberación o la finalización de la libertad condicional o la libertad vigilada, lo que sea posterior.

Los delitos menores generalmente requieren un período de espera de dos años, excepto la violencia doméstica, que requiere siete años. Las condenas por posesión de drogas, que no sean para la venta, requieren un período de espera de tres años, o por abuso de alcohol (que requiere la finalización con éxito de la rehabilitación) se hace tan pronto como la rehabilitación se ha completado, a menos que el fiscal pide al tribunal una audiencia.

Aunque este recurso está disponible para muchos, el Estado ha establecido ciertas excepciones que no pueden ser selladas. Estos son los delitos sexuales, delitos contra los niños, delito de DUI, homicidio vehicular, secuestro y asesinato.

Aparte de las excepciones señaladas anteriormente, el período de espera antes de que uno pueda solicitar el sellado de los registros se establece en gran medida por si la condena es por un delito menor o un delito grave. Los delitos graves requieren un período de espera de cinco años, y los delitos graves requieren siete, 12 o 15 años, dependiendo de la gravedad de la sentencia.

Presentación de una petición de sellado de registros

Una vez transcurrido el período de espera, y si no hay ningún otro procedimiento penal pendiente (a excepción de las infracciones de tráfico menores), se puede presentar una petición de sellado al tribunal. El tribunal puede conceder la petición, fijar una audiencia o rechazarla. Si se rechaza la petición, se requiere un período de espera de dos años antes de volver a solicitarlo al tribunal.

Si se concede una petición

El efecto es el restablecimiento inmediato de los derechos civiles perdidos como consecuencia de la actividad delictiva, en virtud de la cual el Estado considerará que los actos "nunca han ocurrido". Se restablece el derecho de voto, si se ha perdido, así como el derecho a ocupar cargos y a formar parte de un jurado. En muchos casos, se restablece el derecho a portar armas. Se informa al Depósito Central de Antecedentes Penales de Nevada y los registros se tratan como registros sellados.

Los registros no se destruyen y hay ciertas situaciones designadas por la ley, bajo las cuales los registros pueden ser reabiertos y/o inspeccionados, pero estas situaciones están muy controladas.

Los defensores pueden ayudar en este proceso

Usted debe consultar con un abogado para determinar su elegibilidad para tener registros sellados y para presentar las peticiones apropiadas con los tribunales involucrados. Los Defensores están bien calificados y le ayudarán de principio a fin. Póngase en contacto con nosotros para discutir su situación al (702) 333-3333.

Fuentes:

NRS 179.245 a 179.301 y leyes de referencia.

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