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NRS 205.445: Defraudar a un posadero

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En Nevada, es delito defraudar a sabiendas a un posadero según la NRS 205.445. Esta ley se aplica cuando alguien evita o intenta evitar deliberadamente el pago de bienes o servicios prestados en una posada, hotel, casino o establecimiento similar.

Ejemplos comunes de este delito son los huéspedes que se marchan sin pagar la habitación o los clientes que alegan falsamente que su tarjeta de crédito ha sido rechazada para evitar pagar los bienes o servicios.

El año pasado, un hombre fue detenido por estafar a un posadero, además de por otros cargos. Le pillaron porque un "huésped" pidió visitar una habitación que figuraba como vacía. El personal del hotel sospechó y llamó a la policía. El hombre fue finalmente detenido.

Estafar a un posadero es un delito grave en Nevada, y puede ser acusado como un delito menor o un delito grave dependiendo de las circunstancias. Los condenados por este delito pueden enfrentarse a penas de cárcel, multas, la restitución a la víctima, o una combinación de estos.

Las penas por infringir la NRS 205.445 varían en función de la cantidad de dinero robada al propietario y de los antecedentes penales, si los hubiera.

Puede disponer de varias defensas si se le acusa de violar la NRS 205.445. Si se le declara culpable, sus antecedentes pueden ser sellados después de un cierto período. Si usted ha sido acusado de un delito, es importante contratar representación legal con experiencia para proteger sus derechos.

¿Qué es la NRS 205.445 y qué dice?

La NRS 205.445 es una ley de Nevada que prohíbe estafar a sabiendas al propietario de un hotel, posada, restaurante u otro establecimiento similar. Dice así:

 1. Es ilegal que una persona:

     (a) Obtener alimentos, productos alimenticios, alojamiento, mercancías u otros alojamientos en cualquier hotel, posada, aparcamiento de caravanas, patio de caravanas, pensión, casa de huéspedes, casa de hospedaje, casa de apartamentos amueblada, patio de bungalows amueblado, campamento de automóviles amueblado, casa de comidas, restaurante, tienda de comestibles, mercado o lechería, sin pagar por ello, con la intención de defraudar al propietario o gerente del mismo;

     (b) Obtener crédito en un hotel, posada, parque de caravanas, patio de caravanas, pensión, casa de huéspedes, casa de alojamiento, casa de apartamentos amueblados, patio de bungalows amueblados, campamento de automóviles amueblado, casa de comidas, restaurante, tienda de comestibles, mercado o lechería mediante el uso de cualquier falsa pretensión; o

     (c) Después de obtener crédito, comida, alojamiento, mercancías u otro tipo de alojamiento en un hotel, posada, aparcamiento de caravanas, patio de caravanas, pensión, casa de huéspedes, casa de hospedaje, casa de apartamentos amueblada, patio de bungalows amueblado, campamento de automóviles amueblado, casa de comidas, restaurante, tienda de comestibles, mercado o lechería, huir o subrepticiamente, o por la fuerza, amenaza o amenaza, retirar cualquier parte de su equipaje de allí, sin pagar por la comida o el alojamiento.

     2. La persona que infrinja cualquiera de las disposiciones del apartado 1 será castigada:

     (a) Cuando el valor total del crédito, alimentos, productos alimenticios, alojamiento, mercancías u otros alojamientos recibidos de cualquier establecimiento sea de 1.200 dólares o más, por un delito grave de categoría D según lo dispuesto en NRS 193.130. Además de cualquier otra pena, el tribunal ordenará a la persona el pago de una restitución.

     (b) En caso contrario, por un delito menor.

     3. 3. Prueba de que el alojamiento, los alimentos, los productos alimenticios, las mercancías u otro tipo de alojamiento se obtuvieron mediante engaño, o mediante la exhibición o simulación falsa o ficticia de cualquier equipaje u otros bienes, o de que la persona se negó a pagar o se negó voluntariamente a pagar los alimentos, los productos alimenticios, el alojamiento, las mercancías u otro tipo de alojamiento, o de que la persona entregó en pago de los alimentos, los productos alimenticios, el alojamiento, que la persona se fugó sin pagar u ofrecerse a pagar la comida, los productos alimenticios, el alojamiento, las mercancías u otros bienes, o que la persona retiró o intentó retirar subrepticiamente su equipaje, constituye una prueba prima facie de la intención fraudulenta mencionada en esta sección.

     4. Esta sección no se aplica cuando ha habido un acuerdo por escrito para el retraso en el pago por un período superior a 10 días.

Ejemplos o escenarios comunes en los que se aplica esta ley son cuando alguien se registra en un hotel o come en un restaurante, y luego se escabulle antes de pagar la cuenta.

Si usted ha sido acusado de violar NRS 205.445, algunas defensas pueden estar disponibles, dependiendo de los hechos de su caso. Es importante consultar a un abogado penalista con experiencia para discutir estas posibles defensas y cómo se aplican a su situación. Los Defensores tienen décadas de experiencia defendiendo a clientes. Permítanos poner nuestra experiencia legal a trabajar para usted - ¡contáctenos hoy para una consulta gratuita!

¿Cuáles son las sanciones por infringir la NRS 205.445?

Si el valor total de los bienes y servicios recibidos de un establecimiento es igual o superior a 1.200 dólares, la persona puede ser condenada por un delito grave de categoría D, según lo dispuesto en NRS 193.130. De lo contrario, si el valor es inferior a 1.200 dólares, la persona puede ser condenada por un delito menor. En caso contrario, si el valor es inferior a 1.200 dólares, la persona podrá ser condenada por un delito menor.

La condena por cualquiera de estos delitos puede conllevar penas de cárcel, multas y/o trabajos comunitarios, dependiendo de las circunstancias. Además, el tribunal puede ordenar que la persona pague una indemnización.

Los condenados por un delito grave pueden enfrentarse a penas más duras, como penas de prisión más largas y multas más costosas. Es importante tener en cuenta que cualquier persona condenada por violar NRS 205.445 tendrá antecedentes penales que pueden obstaculizar su capacidad para obtener empleo o vivienda en el futuro.

Valor de los bienes/servicios Sanciones
Más de 1200 Delito grave de categoría D
- De 1 a 4 años de prisión
- Hasta 5.000 dólares de multa
- Restitución
Menos de 1200 Delito menor
- Hasta 6 meses de prisión
- Hasta 1.000 dólares de multa
- Restitución

¿Cuáles son las defensas ante una acusación de infracción de la NRS 205.445?

Dependiendo de los hechos de su caso, varias defensas pueden estar disponibles. A continuación se presentan algunas estrategias de defensa comunes:

No hay intención de defraudar

Un error honesto - es ciertamente posible y usted simplemente se olvidó de pagar. Si usted estaba bebiendo alcohol o estaba cansado o distraído, y honestamente se olvidó de pagar su cuenta al salir de un restaurante u hotel, esto podría ser utilizado como una defensa.

Podrían utilizarse testigos presenciales u otras pruebas para demostrar que usted no tenía intención de defraudar ni siquiera intentó escabullirse.

Dicho esto, si te pillan conduciendo ebrio, pueden imputarte cargos por conducir bajo los efectos del alcohol.

Usted no era responsable de la carga

Si otra persona fue responsable de los cargos -quizá un familiar o un amigo- puede señalarla como responsable. O, si otra persona tenía llave de su habitación y fue quien pidió comida o servicios sin su conocimiento, puede presentar esas pruebas para combatir los cargos que se le imputan.

El establishment cometió un error

Si el establecimiento cometió un error en su facturación o contabilidad, entonces usted puede montar una defensa demostrando que realmente pagó su factura mostrando pruebas de las transacciones. Por ejemplo, si pagaste con tarjeta de crédito, quedaría reflejado en el extracto de tu tarjeta.

Estas son sólo algunas de las posibles defensas a un cargo de violación de NRS 205.445. Hable con un abogado de defensa criminal con experiencia para discutir qué tipo de defensas pueden estar disponibles en su situación específica. Los Defensores tienen décadas de experiencia defendiendo a clientes. Solicite una revisión gratuita de su caso hoy mismo.

¿Se puede sellar mi expediente?

En el caso de los condenados por infringir la NRS 205.445, puede ser posible sellar sus antecedentes.

  • Si fue condenado por un delito grave de categoría D, sus antecedentes pueden sellarse 5 años después del cierre del caso.
  • Si ha sido condenado por un delito menor, su expediente puede sellarse un año después del cierre del caso.
  • Si el caso ha sido sobreseído, puede solicitar que se selle el expediente inmediatamente.

Delitos relacionados

Hay otros delitos relacionados con el NRS 205.445 que el fiscal podría presentar contra usted, incluyendo robo con allanamiento de morada y hurto mayor. También se le puede acusar de no devolver los marcadores del casino o de librar cheques sin fondos.

Dependiendo de las circunstancias, también se le pueden imputar otros cargos penales como usurpación de identidad (si la persona utilizó una identificación falsa para evitar pagar una factura) y obtención de dinero de forma fraudulenta.

¿Acusado de un delito? Contrate a Los Defensores

Si usted ha sido acusado de un delito en Nevada, es importante buscar la ayuda de un abogado con experiencia en defensa criminal. Los Defensores pueden revisar su caso y aconsejarle sobre el mejor curso de acción.

Tenemos décadas de experiencia en la defensa de los acusados de delitos. Solicite una revisión gratuita de su caso hoy para empezar.

Preguntas frecuentes

¿Qué significa estafar a un posadero?

Defraudar a un hostelero significa eludir intencionadamente el pago de bienes o servicios recibidos de un hotel, motel, restaurante, bar, salón u otros establecimientos.

¿Me pueden condenar si he pagado parte de mi factura?

Sí, pueden acusarte y condenarte por estafar a un posadero aunque hayas pagado una parte de la factura.

¿Cuáles son las sanciones por infringir la NRS 205.445?

Si le declaran culpable de violar la NRS 205.445, podría enfrentarse a un delito grave de categoría D con penas de cárcel, multas y restitución o a un delito menor con penas menores que incluyen penas de cárcel, multas y restitución dependiendo de la cantidad en disputa.

¿Puede sellarse mi expediente después de haber sido condenado por infringir la NRS 205.445?

Sí, si usted fue condenado por un delito grave de categoría D sus registros pueden ser sellados 5 años después del cierre del caso y si fue un delito menor 1 año después del cierre del caso; si el caso fue desestimado, usted puede solicitar que los registros sean sellados de inmediato.