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La violencia doméstica en Nevada - Primera parte - Estatutos y castigos

Nevada se ha clasificado constantemente entre los cinco peores estados del país en cuanto a arrestos por violencia domés tica. La violencia doméstica es uno de los motivos más frecuentes de arrestos en Nevada. Tal y como se define en la NRS 33.018, la violencia doméstica tiene un significado amplio y abarca muchos actos que pueden ser interpretados como violaciones del estatuto.

Elementos de la violencia doméstica

Según la ley, los elementos de la violencia doméstica se definen como un acto que se comete contra alguien con quien se tiene una relación más íntima que la de amigos o socios. El estatuto especifica un cónyuge o ex cónyuge, cualquier otra persona relacionada con la sangre o el matrimonio, una persona con la que reside o ha residido, una persona con la que está saliendo o ha salido, alguien con quien tiene un hijo en común, o los propios hijos menores, o los tutores legales o custodios de los hijos menores de cualquiera de las partes según lo designado por un tribunal.

Los actos que constituyen violencia doméstica, tal y como se especifica en el estatuto, son: agresión; forzar o amenazar con la fuerza para obligar a alguien a hacer algo a lo que tiene derecho a negarse; agresión sexual; comportamientos de acoso, como el acoso, el incendio provocado, el allanamiento de morada, el robo, la destrucción de la propiedad, la portación de un arma oculta sin permiso, el daño a un animal; la detención ilegal; y la entrada ilegal o por la fuerza en la residencia de otra persona, o la entrada contra la voluntad de la otra.

Todos los actos contra las personas definidos anteriormente se clasifican como violencia doméstica y, como tales, llevan asociadas determinadas penas y recursos.

Batería que constituye violencia doméstica (BDV)

La agresión se define como el uso intencionado e ilegal de la fuerza o la violencia contra otra persona. Cuando se comete una agresión contra una de las personas especificadas en el estatuto, se aplican las penas contenidas en NRS 200.485. Este estatuto establece castigos basados en el número de veces que una persona es declarada culpable de este cargo, dentro de un período de siete años.

Una condena por un primer delito es un delito menor y se castiga con dos días a seis meses de encarcelamiento en la cárcel de la ciudad o del condado, entre 48 y 120 horas de servicio comunitario y una multa de 200 a 1.000 dólares. También se exigirá la asistencia a sesiones de asesoramiento de 1,5 horas semanales a su cargo durante 6 a 12 meses en un programa de asesoramiento sobre violencia doméstica que haya sido certificado por el estado de Nevada.

Una segunda condena en un plazo de siete años es un delito menor con tiempo de cárcel de 10 días a seis meses, servicio comunitario de 100 a 200 horas y una multa de 500 a 1000 dólares. La segunda infracción requiere un asesoramiento sobre violencia doméstica durante no menos de 12 meses.

Para una tercera y subsiguiente condena por BDV, se considera un delito grave de categoría C y se castiga con uno a cinco años de prisión estatal y una multa de no más de 10.000 dólares.

Como excepción a lo anterior, si el estrangulamiento es parte de la agresión, la condena es un delito grave de categoría C y se castiga con uno a cinco años de prisión estatal y una multa de no más de 15.000 dólares. Esto puede aplicarse desde la primera ofensa.

Además, la ley establece la posibilidad de imponer sanciones adicionales a discreción del tribunal, incluida la inscripción en un programa de alcoholismo o drogadicción certificado por el Estado, y la posibilidad de que un organismo de bienestar infantil asesore al niño a expensas de la parte culpable.

El estatuto también prohíbe llegar a un acuerdo, a menos que el fiscal sepa que no hay causa probable suficiente o pruebas demasiado débiles para ser probadas ante un tribunal. Los tribunales también tienen prohibido conceder la libertad condicional o suspender las sentencias por este delito.

Si una víctima de violencia de género se retracta más tarde de su testimonio inicial, lo más probable es que el fiscal continúe con los cargos sin el apoyo de la víctima, dependiendo de la fuerza de las pruebas obtenidas cuando se presentaron los cargos por primera vez. En muchos casos, las víctimas se reconcilian con el acusado y ya no desean presentar cargos. En estos casos, los fiscales asumirán que la declaración inicial dada en el momento de la detención era cierta y, en la mayoría de los casos, continuarán con el caso.

De acuerdo con los estatutos de violencia doméstica en el estado, la víctima tiene otros recursos disponibles como órdenes de protección temporales o extendidas, u órdenes de restricción, que se tratarán en un post posterior.

Los Defensores pueden proporcionar una defensa vigorosa

Las penas por BDV son severas y requieren grandes cantidades de tiempo e inversión para recuperarse. Las posibles defensas contra estos cargos son: el acusado actuó en defensa propia, el acto fue un accidente y el fraude por parte del acusador. Como en todos los delitos, los cargos deben probarse más allá de toda duda razonable. Si la policía realizó un registro ilegal como parte de su investigación, las pruebas pueden ser suprimidas en el juicio para proteger al acusado. Si usted ha sido acusado de este delito, necesitará un abogado que lo represente para proporcionar una defensa que proteja sus derechos. Llame hoy a los Defensores para hablar con uno de nuestros abogados sobre su caso al (702) 333-3333.